Los puntos clave de la Ley de delitos ambientales aprobada en Colombia

21-6-2021, El Espectador
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Con esta nueva iniciativa se crearon seis nuevos delitos dentro de los que se encuentra el tráfico de fauna, la promoción y financiación de la deforestación y la financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica. Esta fue una iniciativa radicada por el representante Juan Carlos Losada, desde octubre de 2019.

El ministro de Ambiente, Carlos Correa calificó el proyecto de ley contra delitos ambientales, que fue aprobado en días pasados para sanción presidencial, como un hecho histórico para Colombia. Con esta nueva apuesta se espera endurecer las penas contra afectaciones al medio ambiente y agregar delitos como el de la deforestación, la financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica y la apropiación ilegal de los baldíos que contribuyen a la pérdida de bosque en el país.

“Se fortalece la estrategia nacional de defensa de nuestros recursos naturales. ¡Es un hecho histórico para el país! Hay personas que están atentando contra nuestros bosques y nuestra biodiversidad, por eso trabajamos, respaldamos e impulsamos esta ley que aumenta las penas y considera la deforestación como un delito. Esta iniciativa tiene el color de Colombia”, señaló el ministro Correa a través de un comunicado oficial.

La ley de delitos ambientales, fue una iniciativa radicada por el representante Juan Carlos Losada, desde octubre de 2019 que también contó con el apoyo de los ministerios de Ambiente, Justicia y la Fiscalía. Luego de la aprobación presidencial se espera iniciar con puesta en marcha de nuevos delitos ambientales como: el tráfico de fauna, la promoción y financiación de la deforestación, la financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica, apropiación ilegal de los baldíos de la nación, financiación de la apropiación ilegal de los baldíos de la nación y la deforestación.

“Este es un proyecto que le da herramientas muy efectivas y eficaces a las instituciones de nuestro país para parar a aquellos que están arrasando la naturaleza en Colombia, especialmente a esas bandas delincuenciales dedicadas tanto como al acaparamiento de tierras como la deforestación, pero también a todos a esos carteles que trafican con fauna silvestre en nuestro país”, señaló el representante, Juan Carlos Losada.

Las penas que tendrán que pagar quienes incurran en estos delitos van desde los 5 a los 15 de prisión, más las multas que llegan los 134 salarios mínimos hasta los 50 mil salarios mínimos, el límite del Código Penal.

Con esta iniciativa se espera también dar herramientas a la Fiscalía para que judicialice a los responsables de degradar los ecosistemas colombianos; el aumento de penas, la pérdida de posibilidades de constituir personerías jurídicas y de abrir locales de servicio público hacen parte de estas medidas aprobadas con este proyecto de ley.

¿Cuáles son las penas de los nuevos delitos ambientales?

-El delito de Tráfico de fauna tendrá una multa de 5 a 11 años de prisión y una multa de 300 hasta 40.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

-El delito de la Deforestación tendrá de 5 a 12 años de cárcel y una multa desde 134 hasta 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- El delito de Promoción y financiación de la deforestación tendrá de 8 a 15 años de prisión y una multa de trescientos 300 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- El delito de Financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica tendrá de 8 a 15 años de prisión y una multa de trescientos 300 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- El delito de la Apropiación ilegal de los baldíos de la nación tendrá de 6 a 12 años de cárcel y una multa de ciento cuarenta 140 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- El delito de la Financiación de la apropiación ilegal de los baldíos de la nación tendrá de 8 a 15 años y una multa de 300 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Delito contra la deforestación

Uno de los principales y más importantes cambios que propone el proyecto Ley es la tipificación del delito de la deforestación, expuesto en el artículo 330. Castigará a quien sin permiso de una autoridad competente: “tale, queme, corte, arranque o destruya áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural o manglar”, señala el documento.

La pena para quien incurra en el delito de deforestación aumentará cuando la conducta se realice para fines de expansión ilegal de la frontera agrícola, para ganadería en zonas no permitidas, para acaparamiento de tierras, para cultivos de uso ilícito, exploración y explotación ilícita de minerales o para mejora o construcción de infraestructura ilegal y cuando se afecten más de 30 hectáreas contiguas de extensión.

El mismo artículo también señala otro de los nuevos delitos y es la promoción y financiación de la deforestación. “El que promueva, financie, dirija, facilite, suministre medios, aproveche económicamente u obtenga cualquier otro beneficio de la tala, quema, corte, arranque o destrucción de áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural o manglar, incurrirá en prisión de noventa y seis 96 a 180 meses y una multa de trescientos 300 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales.

Invasión de áreas de especial importancia ecológica

El artículo 336 también se refiere a la invasión en áreas de especial importancia ecológica, una de las principales causas de la deforestación en el país. La tipificación de este delito señala que sancionará a quien “invada, permanezca así sea de manera temporal o realice uso indebido de los recursos naturales a los que se refiere este título en área de reserva forestal, ecosistemas de importancia ecológica, playas, terrenos de bajamar, resguardos o reservas indígenas, terrenos de propiedad colectiva de las comunidades negras, parque regional, parque nacional natural, área o ecosistema de interés estratégico, área protegida, definidos en la ley”.

Apropiación ilegal de baldíos de la nación

Frente a la apropiación ilegal de territorios baldíos, un caso muy común en regiones que comparten la selva amazónica, el proyecto de ley espera penalizar la “apropiación, usurpación, acumulación” de territorios para la expansión ilegal de la frontera agrícola, para ganadería extensiva, cultivos de uso ilícito y explotación minera ilícita con 60 a 144 meses de cárcel más una multa de por lo menos 140 salarios mínimos legales. Esta pena, tipificada en el artículo 337, se aumentará cuando la conducta constituya a una acción e lavado de activos.

La propuesta que fue radicada por el representante Juan Carlos Losada, desde octubre de 2019. “Este es el resultado de un trabajo articulado entre el Gobierno y el Congreso de la República, es la traducción del compromiso por la protección del medio ambiente. Nuestros recursos naturales son la mayor riqueza que tenemos y seguiremos trabajando por su protección”, dijo el viceministro de Políticas y Normalización Ambiental, Francisco Cruz, agregó Correa.

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