Colombia: Las Zidres vulneran el campo y los campesinos

2-2-2016, Diario del Sur
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El pasado viernes al igual que se hizo con la venta de Isagen el presidente Santos firmó contra viento y marea la Ley que crea las Zonas de Interés de Desarrollo Rural Económico y Social (Zidres) aprobado por el Congreso al final de sus sesiones del segundo periodo del 2015, luego del sexto intento del gobierno por lograrlo. Sin lugar a dudas era lo que estaban esperando que pasara los inversionistas del sector agro industrial para retomar su interés por el campo colombiano.

La Ley de Zidres también conocida como la Ley Urrutia, en honor al ex embajador de Colombia en Estados Unidos, Carlos Urrutia, quien tuvo que dejar la embajada luego de conocerse que su firma de abogados auspició la apropiación ilegal de baldíos. Con esta Ley recobran vida todos los proyectos agroindustriales que se plantearon en los últimos cinco años pero que no pudieron surgir ante la falta de claridad jurídica para invertir en el sector rural, siendo uno de ellos el proyectado para la altillanura, la zona que podría y debería convertirse en la gran despensa agrícola del país. Buena parte de esa dificultad de puesta en marcha se debió básicamente a la existencia de la Unidad Agrícola Familiar UAF que determina la extensión de tierra considerada vital para que una familia sobreviva dignamente.

La Ley 160 de 1994 impide a los inversionistas adquirir más de una UAF de terrenos que fueron baldíos, lo que según los denominados expertos acaba con cualquier iniciativa agroindustrial de envergadura en zonas que requieren enormes inversiones. La nueva Ley busca despejar esa incertidumbre jurídica en torno a la propiedad de la tierra y según el gobierno también hará más fácil a empresarios y campesinos explotar en forma colaborativa áreas de difícil acceso y producción costosa.

La nueva Ley permite concentrar aún más la tierra en Colombia a favor de magnates nacionales y extranjeros en uno de los países con mayor concentración de la tierra en el mundo, además excluye al campesino normal por no tener este las facilidades de crédito y mucho menos de patrimonio que le permitan asociarse en condiciones de igualdad con los grandes conglomerados y las multinacionales. La Ley Zidres permite que empresas puedan arrendar, no apropiarse, más de 7 millones de hectáreas de baldíos para proyectos productivos. Además lo firmado por Santos modifica el régimen de baldíos que les permitía a los campesinos su uso y apropiación para despojarlos de ese derecho y plantear un nuevo y pésimo modelo agrario, excluyente e inequitativo. Es una ley diseñada para arrebatarle al campesinado, a los pobres del campo el derecho que hoy la Constitución Nacional les otorga de manera exclusiva y solo para ellos el uso y apropiación mediante el título de propiedad de las tierras baldías del Estado Colombiano. La Ley despoja a los campesinos de los derechos que la Constitución les asigna al prescribir que los baldíos deben ser entregados a campesinos pobres y trabajadores agrarios sin tierra.

Las Zidres se constituirán en áreas apartadas de centros urbanos, en donde la tierra requiera grandes inversiones para empezar a producir. Esta figura permite al ejecutor del proyecto productivo, que tiene que ser aprobado por un consejo de ministros, pedir en concesión o arrendamiento los baldíos de la Nación y conseguir la cantidad de tierras, comprando, arrendando, entre otros, en la medida en que su plan lo necesite. Fedepalma y la Sociedad de Agricultores de Colombia, promovieron y defendieron la aprobación de la Ley como la más valiosa herramienta para el desarrollo agropecuario, la productividad y la seguridad jurídica en el país. El Polo Democrático, la Alianza Verde, la confederación internacional de organizaciones no gubernamentales Oxfam, la Comisión Colombiana de Juristas CCJ, la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento Codhes, fueron sus mayores críticos.

La mayor crítica esta dada en que se declaran zonas donde la agroindustria puede acumular baldíos y se facilita la legalización de acumulaciones anteriores, defendidas por los abogados de Urrutia, independiente que en el texto se incluye expresamente que la prohibición de acumular tierra, con base en el límite de la Unidad Agrícola Familiar desde la Ley 160 de 1994, aplica sólo a partir de ese año con lo cual se  ignoran los conceptos del Consejo de Estado, la Contraloría y la Corte Constitucional, que afirman que la prohibición de acumular tierras con antecedentes de baldíos aplica a todas las adquisiciones posteriores a la Ley 160, independientemente del año de su adjudicación. Esta es considerada como la gran victoria de Carlos Urrutia en la Ley que lleva su apellido.

La defensa del campo y de los campesinos no se hace con leyes que los vulneran ni la defensa de la seguridad alimentaria se realiza favoreciendo la agroindustria con multinacionales que producen insumos para combustibles vehiculares y no alimentos para los colombianos


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