Argentina: La aplicación de la Ley de Tierras reguló la compra de inmuebles por extranjeros

5-3-2015, Diario San Rafael

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La aplicación de la Ley de Tierras ha sido efectiva desde que entró en vigencia en 2012. Cerca del 2% del territorio del sur mendocino que comprende General Alvear, San Rafael y Malargüe, está en manos de extranjeros, el 65% es propiedad de argentinos y el 32% sin datos por el momento, según datos del Registro del Inmueble. Desde que se sancionó la ley se esperaba una merma en la compra de inmuebles por extranjeros.

"Lo que se trató de hacer con esta ley, es regular para que los extranjeros no compren terrenos excesivamente", dijo Laura Giménez Directora del Registro del Inmueble Segunda Circunscripción de Mendoza. La ley prevé que el terreno rural adquirido por extranjeros no podrá superar el 15% del territorio total de la localidad. 

Se trata de la ley 26737, "Régimen de Protección del Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales". Entre los puntos más importantes que regula la ley está la prohibición de adquirir más de mil hectáreas por una persona física o jurídica extranjera, tampoco podrán adquirir sectores ribereños de cuerpos de agua de envergadura permanente y los ubicados en zonas de fronteras.

De ese porcentaje de extranjeros que compraron en nuestra zona, las nacionalidades son muy diferentes, encabezan la lista españoles, italianos y estadounidenses, pero también hay chilenos, sudafricanos, franceses, suizos, alemanes, entre otros.

Los motivos por los que deciden comprar terrenos en nuestra zona son variados, en primer lugar el cambio de moneda que en muchos casos beneficia a los inmigrantes de otros países, también algunos eligen nuestro departamento porque por motivos personales decidieron vivir en un lugar más tranquilo.

Nuestra zona por el momento está muy alejada del porcentaje máximo de tierras que pueden estar en manos de extranjeros,  los datos publicados corresponden a 2012, cuando se aplicó la Ley y se hizo un relevamiento de la cantidad de extranjeros que habían adquirido terreno local.

Están exceptuados de esta legislación son personas nacidas en Argentina, extranjeros que tengan más de 10 años de residencia en el país, o cinco años de residencia continua y con hijos nacidos en el país o casados con un argentino. En caso de las empresas extranjeras no tienen excepciones a la Ley.

En el artículo 17 se establece "que no afecta derechos adquiridos", es decir que quienes hayan adquirido terrenos antes de la vigencia de la Ley, no se les quitará. Muchos inmigrantes que deciden comprar el terreno no logran adaptarse a la vida y el trabajo de una finca, por lo que los terrenos adquiridos al menos en nuestra zona no suelen ser muy grandes y algunos regresan a sus países luego de un tiempo.

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